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Abr 2020VERSIÓN DEFINITIVA DE LAS INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR APLAZAMIENTOS DE ACUERDO CON LAS REGLAS DE FACILITACIÓN DE LIQUIDEZ PARA PYMES Y AUTÓNOMOS.
Más abajo adjuntamos Nota Informativa facilitada por Fide Asesores Legales y Tributarios sobre la VERSIÓN DEFINITIVA DE LAS INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR APLAZAMIENTOS DE ACUERDO CON LAS REGLAS DE FACILITACIÓN DE LIQUIDEZ PARA PYMES Y AUTÓNOMOS.
Recientemente la Agencia Tributaria publicó Instrucciones Provisionales para solicitar aplazamientos de acuerdo con las reglas de facilitación de liquidez para pymes y autónomos. En fecha 06 de abril de 2020, la Agencia Tributaria publicó su versión definitiva.
Los cambios introducidos con respecto de las Instrucciones provisionales son:
1.- La supresión de la necesidad de hacer constar en el campo de “Motivo de la solicitud” la expresión “Aplazamiento RDL”.
2.- La modificación casilla “Solicitud acogida al artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19” que ahora permite marcar “Sí” o “No”. En caso de marcar negativamente, la solicitud estará sujeta a los términos generales de la Ley General Tributaria.
Para poder acogerse a la solicitud de aplazamiento, el deudor debe cumplir el requisito de ser persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 € en el año 2019. Este aplazamiento tendrá un plazo de 6 meses, no generando intereses durante los primeros 3 meses del aplazamiento.
El mecanismo es el habitual, pero se deben seguir los pasos contenidos en las instrucciones.