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Abr 2020Impuestos: Cuantía máxima de aplazamiento sin garantía
Más abajo adjuntamos nota publicada por la AEAT el 15 de abril y facilitada por Fide Asesores Legales y Tributarios sobre que LA CUANTÍA ESTÁ FIJADA EN 30.000 € EN LA NORMATIVA TRIBUTARIA,
INCLUYENDO TANTO LAS DEUDAS EN PERIODO VOLUNTARIO COMO EN PERIODO
EJECUTIVO DE PAGO.
La Nota es sobre el cálculo de la cuantía del aplazamiento previsto en Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Esta Nota aclara uno de los requisitos incluidos en el RDL 7/2020, que permite la dispensa total o parcial de garantías, para el aplazamiento especial, cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a la que se fije en la normativa tributaria (más información en la web de Fide).
La cuantía está fijada en 30.000 € en la normativa tributaria, incluyendo tanto las deudas en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago. Se acumulan la deuda de la propia solicitud; las otras deudas para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento; y los importes de vencimientos pendientes de ingreso de deudas aplazadas o fraccionadas, excepto que estén garantizadas.
Así pues, se calcula como la suma de los siguientes importes:
+Importe pendiente de todas las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de resolver, incluida la que se presenta, y con independencia de la modalidad o normativa que la regula.
+Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos: a) con exención, b) con dispensa total y c) sin garantía alguna.
+Importe pendiente de todos los acuerdos con dispensa parcial por el importe de los vencimientos pendientes de pago que no se encuentren garantizados.
+Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos con garantía ofrecida, pero sin formalizar.
+Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos con garantía en el estado de caducada, dada de baja, retirada, no aceptada o no conforme.